Santo Domingo.- Los diputados del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y aliados aprobaron hoy en segunda lectura, con modificaciones, el proyecto de ley que autoriza el pago a contratistas del Estado y crea una comisión para las reclamaciones de obras ejecutadas sin contrato formal, el cual tuvo poco tiempo de estudio en comisión.
La pieza, que pasa al Senado de la República para su consideración, sólo estuvo en estudio de comisión la tarde de ayer y parte de la mañana de este miércoles, según confirmó el presidente de la Cámara Baja, Alfredo Pacheco.
El congresista fue quien sometió la iniciativa junto al diputado Rogelio Alfonso Genao Lanza el pasado lunes, sin embargo, en la sesión de hoy se inhibió como proponente para dirigir los debates en torno a la legislación.
Similar a la sesión de ayer, este miércoles los diputados de la oposición rechazaron el marco legislativo, tras solicitar que vuelva a comisión, quedando derrotados por el PRM, quien, junto a sus aliados, votó a favor del proyecto, con 96 síes, contra los 31 noes de los partidos Fuerza del Pueblo (FP), de la Liberación Dominicana (PLD), Revolucionario Dominicano (PRD) y Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC). Ocho diputados presentes se abstuvieron de votar.
Se recuerda que en la sesión anterior, el oficialismo se impuso y declaró de urgencia el proyecto, liberándolo de lectura, de debate y de estudio previo de comisión -a petición de Pacheco-, procediendo a aprobar la iniciativa en primera instancia. La normativa fue remitida a estudio de una comisión especial, con plazo fijo de un día (hasta hoy miércoles).
El pliego de ley viene a solucionar “el problema” que dejó la legislación devuelta por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional el pasado 16 de enero, que autoriza el pago de deudas por obras ejecutadas a pequeños contratistas, trabajos de mantenimiento correctivo en escuelas, supervisores y asfalteros, sometida a la Cámara Alta por el senador Franklin Romero (PRM-Duarte).
Dicha ley fue observada por completo -sus 14 artículos-, porque, según precisó el presidente Luis Abinader en su comunicado al Congreso, viola principios esenciales de la Constitución y ordena pago “sin garantizar provisión de fondos”, y sin que la deuda pública sea “cierta, líquida y exigible”.
La comisión para las reclamaciones de obras ejecutadas sin o con contrato formal que crea la nueva legislación verificará las obras realizadas, validará los montos reclamados, depurará los casos irregulares y autorizará cuáles pagos proceden.
De acuerdo al presidente de la Cámara de Diputados, el marco de ley de ahora fue elaborado en acuerdo con el Ejecutivo, quien aportó sugerencias. Se incluyen, además, las obras consignadas en la ley observada y otras más sugeridas por el Ministerio de Educación.
La iniciativa tiene la finalidad de autorizar, de manera excepcional, el reconocimiento, validación y pago de las deudas derivadas de obras públicas ejecutadas con o sin un contrato formal, o sujetas a reformulación presupuestaria. Esto con el propósito de regularizar las obligaciones pendientes y salvaguardar la transparencia, la legalidad y el uso adecuado de los recursos públicos.
Dicho de manera más simple, con el pliego de ley se busca pagar obras ejecutadas con o sin contrato, pagar ampliaciones no formalizadas y reconocer trabajos adicionales.
Los cambios; se amplía el proyecto
La comisión especial de diputados a cargo del estudio del proyecto de ley hizo varias modificaciones a la legislación, que fueron acogidas por el los oficialistas. Destacan, entre ellas, la división de la normativa por capítulos; agregación de nuevos artículos y modificación de otros; y la inclusión de más contratistas.
Además, se varió el nombre del marco legislativo, haciéndolo más estético y claro. Ahora se llama: “proyecto de ley que autoriza el pago de contratistas del Estado y crea una comisión para la revisión de reclamaciones derivadas de obras ejecutadas “con o sin contrato formal”.
De forma parecida se hizo con el nombre de la comisión revisora de las obras pendientes de pago, la cual pasa a llamarse: “Comisión para la Revisión de Reclamaciones Derivadas de Obras Ejecutadas con o sin Contrato Formal”.
En el punto que indica que los fondos de esta ley provendrán de la partida asignada al Ministerio de Hacienda y Economía en la Ley de Presupuesto General del Estado, se estableció que sería “en la medida que la Comisión para la Revisión de Reclamaciones Derivadas de Obras Ejecutadas con o sin Contrato Formal recomiende los pagos correspondiente”.
Cuatro entidades integran la comisión; Hacienda la preside
La Comisión para la Revisión de Reclamaciones Derivadas de Obras Ejecutadas con o sin Contrato Formal estará integrada por el ministro de Hacienda y Economía, quien la presidirá; el Contralor General de la República, el titular de la Dirección General de Presupuesto y el titular de la Dirección General de Contrataciones Públicas.
Las decisiones de la comitiva se adoptarán por mayoría absoluta de votos. En caso de empate, el presidente de la misma tendrá voto decisorio. Los miembros de la comisión podrán delegar su representación en un funcionario de jerarquía inmediatamente inferior.
Se podrán utilizar medios digitales durante cualquier fase del procedimiento de evaluación de expedientes para optimizar y agilizar el proceso, facilitando de esta manera la obtención del objetivo de esta comisión.
La comitiva será un órgano de carácter temporal, con dependencia funcional del Ministerio de Hacienda y Economía. Su propósito será levantar, evaluar, verificar, validar los expedientes relacionados con reclamaciones derivadas de obras públicas ejecutadas con o sin contrato formal o sujetas a reformulación presupuestaria y pagos, a fin de determinar su procedencia y razonabilidad, consistencia y soporte documental de estas, en su caso, recomendar su eventual reconocimiento conforme al ordenamiento jurídico vigente y, en especial, a los términos establecidos en esta ley.
Instituciones que se beneficiaron de obras
Las deudas contraídas por el Estado que se buscan saldar fueron a través del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), el Ministerio de Educación (Minerd), el Instituto de Auxilios y Viviendas (Inavi), el Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (Indrhi), el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillado (Inapa) y la Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial (Cpadp).
También por medio la Junta Central Electoral (JCE), la Corporación de Acueducto y Alcantarillado de Santo Domingo (Caasd) y la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (Oisoe), y a las obligaciones del Instituto Nacional de la Vivienda (Invi) y del Inavi, que han sido asumidas por su continuador jurídico, el Ministerio de Vivienda, Hábitat y Edificaciones (Mivhed), y cualquier otro ente público, según el listado de esta legislación.
Para poder ser efectivo, el proyecto de ley deberá ser aprobado por ambas cámaras congresuales y ser promulgado por el Poder Ejecutivo.



